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PROGRAMA 1.11.- SEGUROS CONTRATADOS.

1.11.1.- DE ACCIDENTES EN ACTO DE SERVICIO.

FINALIDAD:

La Secretaría de Estado de Seguridad tiene contratada una Póliza de seguros de accidentes con la Entidad Aseguradora "MAFRE", Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., que cubre a los miembros de la Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y personal adscrito a la Secretaria de Estado de Seguridad por los accidentes que puedan sufrir durante la prestación del servicio.

BENEFICIARIOS:

Se considera asegurado todo el personal del Cuerpo de la Guardia Civil, los funcionarios civiles, y miembros de las Fuerzas Armadas que se encuentren destinados, mediante Orden Oficial, en las Unidades del Cuerpo.

EXCLUSIONES:

- Guardias Alumnos.

- Guardias Alumnos en Prácticas.

- Caballeros Alféreces Cadetes.

Aquellos miembros de este último grupo (Caballeros Alféreces Cadetes), que ingresaron en la Academia General Militar perteneciendo al Cuerpo de la Guardia Civil, mantendrán el derecho a los beneficios de la Póliza.

Las exclusiones obedecen al hecho de que estos colectivos están asegurados por una Póliza contratada por el Ministerio de Defensa en beneficio del personal de Tropa y Marinería, y para los alumnos de los Centros Docentes Militares de Formación.

El personal del Servicio Marítimo y de Helicópteros que se encuentra amparado po la Póliza de accidentes que cubre los siniestros acaecidos, sola y exclusivamente, mientras: estén a bordo de las lanchas y helicópteros del Cuerpo, y a la entrada y salida de los mismos se acogerán al seguro que se está reseñando, en aquellos accidentes que puedan sufrir el otros actos del servicio, no siendo compatibles los beneficios de ambas Pólizas.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:

La dotación presupuestaria destinada a este programa es la que se determine en k contratación de la póliza por parte de la Secretaría de Estado de Seguridad.

RIESGOS CUBIERTOS:

La mencionada Póliza cubre el fallecimiento por accidente en acto de servicio y la invalidez permanente total o absoluta, derivada de las lesiones sufridas en accidente en acto de servicio.

CUANTÍA DE LAS PRESTACIONES:

- Fallecimiento por accidente en acto de servicio, un capital de 30.050,61€.

- Incapacidad permanente total en acto de servicio, un capital de 3.606,07 €.

- Incapacidad permanente absoluta en acto de servicio, un capital de 27.646,56 €.

SOLICITUDES:

Plazo de presentación.

No existe.

Trámite.

Los efectos del seguro, cuando quede probado que se ha producido alguno de los riesgos cubiertos, a consecuencia de las actividades del servicio comprendidas dentro del período de vigencia del contrato, abarcarán el plazo de cinco años, a contar desde el momento que se produjo el suceso.

En cuanto a la comunicación del hecho, y documentación a enviar, se seguirán las Instrucciones remitidas a tal efecto, con fecha 23 de Febrero de 1.998, y dirigidas a todas las Zonas y Unidades Independientes del Cuerpo.

Cuando como consecuencia de accidente en acto de servicio haya algún miembro del Cuerpo fallecido, se remitirá al Servicio de Acción Social comunicación en la que se haga constar el relato de cómo ocurrieron los hechos, además de los datos personales del fallecido, a fin de iniciar el correspondiente expediente de reclamación de indemnización.

En el caso de heridos por accidente en acto de servicio se procederá a comunicar el hecho, por si las lesiones sufridas pudiesen dar lugar a una invalidez permanente total o absoluta, en cuyo caso se reclamaría la correspondiente indemnización.

Las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza se encuentran depositadas en el Servicio de Acción Social, a disposición de todos aquellos miembros del Cuerpo que, por alguna causa, no estuvieran conformes con la resolución que, a su caso, hubiese dado la

Entidad Aseguradora, o bien deseen aclarar o ampliar información sobre algún punto en concreto de la mencionada Póliza.

Resolución.

La resolución de los expedientes, la realiza la compañía aseguradora. PERCEPCIÓN;

Procedimiento.

A través de la Jefatura de Asistencia al Personal, (Servicio de Acción Social).

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